Régimen de comunicación y contacto
El régimen de comunicación, previamente conocido como régimen de visitas, es un sistema establecido para poder establecer o restablecer los lazos afectivos y mantener una comunicación adecuada.
Entre Menores y sus Padres: Luego de la separación de los padres, es fundamental decidir con quién quedará el cuidado de los menores. Como resultado, surge la necesidad de establecer un régimen de comunicación adecuado entre el progenitor que no convive con los hijos y los propios menores.
Entre Menores y Personas Cercanas: Esto involucra situaciones como los abuelos o hermanos mayores que no conviven con los menores.
Los abuelos tienen el derecho de solicitar legalmente la comunicación con los menores.
Procedimiento en la Provincia de Buenos Aires: La solicitud se debe presentar ante el Juez competente en el lugar de residencia del menor.
Usualmente, en la Provincia de Buenos Aires, se inicia un proceso conocido como Etapa Previa, donde el expediente se deriva al Consejero de Familia, quien convoca a una audiencia para lograr un acuerdo sobre el régimen de comunicación con el menor.
Criterios para Establecer el Régimen de Comunicación: Inicialmente, se busca que las partes lleguen a un acuerdo sobre cómo llevar a cabo el régimen de comunicación. Puede acordarse un calendario de días y horarios o un régimen de comunicación más flexible, donde los padres deciden los detalles a través del diálogo.
En casos donde no se logre un acuerdo, es decir, cuando los padres no pueden ponerse de acuerdo sobre el régimen de comunicación, será un tercero quien lo determine, teniendo en cuenta la situación familiar.
Interés Primordial del Niño: Es fundamental mantener un adecuado régimen de comunicación con el padre no conviviente, ya que el niño tiene el derecho de “crecer y desarrollarse en su familia de origen, mantener un vínculo personal y directo con sus padres de manera regular y permanente, aun si están separados o divorciados”.
Actividades de los Menores y los Padres: Las actividades de los menores serán cruciales para establecer los días y horarios disponibles para la comunicación.
Restablecimiento de la Comunicación: En ocasiones, puede haber una falta prolongada de comunicación entre el progenitor y el menor. En tales casos, generalmente se inicia un proceso de restablecimiento mediante un acuerdo provisional de comunicación gradual y progresiva, sujeta a futuras evaluaciones de su desarrollo y posibles inconvenientes que puedan surgir.