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DERECHO DE FAMILIA

Divorcios

El divorcio puede ser solicitado por ambos cónyuges o por uno solo, sin necesidad de expresar una causa.

No existe un plazo mínimo de matrimonio ni es necesario contar con la conformidad de la otra persona para solicitar la disolución del vínculo.

DIVORCIO SIN EXPRESIÓN DE CAUSA

Ya no es necesario demostrar culpabilidad

La decisión de uno de los cónyuges es suficiente para solicitar judicialmente el divorcio.

El Código Civil y Comercial eliminó el antiguo sistema basado en causales como el abandono, el adulterio o las injurias. Actualmente, no es necesario explicar los motivos de la ruptura ni demostrar responsabilidades personales.

Tampoco se exige una separación previa ni el transcurso de un tiempo mínimo desde la celebración del matrimonio. La petición puede presentarse de manera conjunta o unilateral.

SISTEMA ANTERIOR

Divorcio basado en causas

Se exigía invocar y acreditar una causa legal o cumplir determinados requisitos previos para obtener la disolución del vínculo.

SISTEMA ACTUAL

Divorcio sin expresión de causa

No es necesario explicar por qué terminó el matrimonio. Cualquiera de los cónyuges puede pedir el divorcio.

FORMAS DE PRESENTACIÓN

Divorcio conjunto o unilateral

En ambos casos debe intervenir un juez y la presentación requiere asistencia profesional.

01
PRESENTACIÓN CONJUNTA

Divorcio solicitado por ambos

Los dos cónyuges se presentan ante el juez y solicitan conjuntamente la disolución del matrimonio.

Si también acuerdan las consecuencias de la ruptura, pueden acompañar un convenio regulador.
02
PRESENTACIÓN INDIVIDUAL

Divorcio solicitado por uno solo

Uno de los cónyuges puede iniciar el trámite aunque el otro no esté de acuerdo o no quiera divorciarse.

La otra persona puede discutir la propuesta reguladora, pero no puede impedir el divorcio.
PRINCIPIOS DEL SISTEMA ACTUAL

La falta de acuerdo no impide terminar el matrimonio

Los cónyuges pueden mantener diferencias sobre la vivienda, los bienes, los alimentos, el cuidado de los hijos o cualquier otra consecuencia de la ruptura.

Esas diferencias pueden continuar discutiéndose, pero no suspenden el dictado de la sentencia de divorcio.
REQUISITO OBLIGATORIO

Toda petición debe incluir una propuesta reguladora

La propuesta contiene las soluciones sugeridas para organizar las consecuencias personales, familiares y patrimoniales del divorcio.

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Sin propuesta reguladora, la petición no puede tramitarse.

Este requisito se aplica tanto al divorcio unilateral como al solicitado conjuntamente.

01

Vivienda familiar

Quién continuará utilizando la vivienda y bajo qué condiciones.

02

Distribución de bienes

Organización, administración y eventual división del patrimonio.

03

Cuidado de los hijos

Modalidad del cuidado personal y distribución de las responsabilidades cotidianas.

04

Régimen de comunicación

Organización del contacto de los hijos con cada progenitor.

05

Alimentos

Gastos ordinarios, extraordinarios y forma de cumplimiento de la obligación alimentaria.

06

Compensación económica

Posible reparación del desequilibrio económico causado por el matrimonio y su ruptura.

DOS CONCEPTOS

Propuesta reguladora y convenio regulador

La diferencia principal está en la existencia o no de un acuerdo entre los cónyuges.

PROPUESTA REGULADORA

Una solución propuesta

Contiene la posición de uno de los cónyuges sobre los efectos del divorcio. La otra persona puede aceptarla, rechazarla parcialmente o presentar una diferente.

CONVENIO REGULADOR

Una solución acordada

Refleja el acuerdo alcanzado por ambos cónyuges y puede ser presentado al juez para su homologación.

CONSECUENCIAS DEL DIVORCIO

El vínculo termina, pero quedan cuestiones por organizar

La sentencia disuelve el matrimonio. Los efectos familiares y patrimoniales pueden quedar acordados o continuar tramitándose.

EFECTO 01

Disolución del vínculo

La sentencia pone fin al matrimonio y permite a las personas volver a contraer matrimonio.

EFECTO 02

Cuestiones patrimoniales

Puede ser necesario liquidar y distribuir los bienes correspondientes al régimen matrimonial.

EFECTO 03

Organización familiar

Cuando hay hijos, deben organizarse el cuidado personal, los alimentos y la comunicación.

ETAPAS GENERALES

¿Cómo se tramita el divorcio?

Los pasos y plazos procesales pueden variar según la jurisdicción y las características de cada expediente.

01
PREPARACIÓN

Reunión de documentación

Se acredita el matrimonio y se reúne la información necesaria para elaborar la presentación y la propuesta reguladora.

02
PRESENTACIÓN

Inicio ante el juez competente

La petición puede ser presentada por ambos cónyuges o por uno solo, siempre acompañada de una propuesta sobre sus efectos.

03
DIVORCIO UNILATERAL

Intervención del otro cónyuge

La otra parte toma conocimiento de la petición y puede aceptar la propuesta, cuestionarla o presentar una alternativa diferente.

04
EVALUACIÓN

Acuerdos y cuestiones pendientes

El juez evalúa las propuestas y puede convocar a una audiencia para intentar alcanzar acuerdos sobre los efectos del divorcio.

05
SENTENCIA

Declaración del divorcio

El juez dicta la sentencia aunque continúen existiendo diferencias sobre cuestiones familiares o patrimoniales.

06
INSCRIPCIÓN

Comunicación al Registro Civil

La sentencia debe inscribirse para que la disolución del matrimonio quede asentada registralmente.

DOCUMENTACIÓN
PARA COMENZAR

¿Qué documentación suele necesitarse?

Para acreditar la existencia del vínculo matrimonial debe acompañarse documentación expedida por el Registro Civil. Según el caso, también puede requerirse información vinculada con hijos, bienes, ingresos y vivienda.

01

Acta o certificado de matrimonio actualizado.

02

Documento de identidad de la persona solicitante.

03

Partidas de nacimiento de hijos, cuando corresponda.

04

Documentación patrimonial y económica relevante.

JUEZ COMPETENTE

¿Dónde debe iniciarse el trámite?

La competencia puede depender de si el divorcio es unilateral o conjunto y de circunstancias como el último domicilio conyugal o el domicilio de los cónyuges. La presentación debe analizarse según las reglas aplicables a cada caso y jurisdicción.

PREGUNTAS FRECUENTES

Respuestas sobre el proceso de divorcio

Sí. El divorcio puede ser solicitado por uno solo de los cónyuges. La otra persona no puede impedir la disolución del vínculo, aunque puede presentar una propuesta diferente sobre sus consecuencias.

No. El sistema actual no exige expresar ni probar una causa. La voluntad de divorciarse es suficiente para solicitarlo.

No. El divorcio puede solicitarse sin importar el tiempo transcurrido desde la celebración del matrimonio.

No. Toda petición debe estar acompañada de una propuesta que contemple las consecuencias de la ruptura. Su omisión impide que la solicitud sea tramitada.

Las propuestas pueden ser evaluadas judicialmente y puede convocarse a una audiencia para intentar un acuerdo. Las diferencias no impiden que se dicte la sentencia de divorcio.

Los acuerdos parciales pueden ser presentados para su homologación. Los temas restantes pueden continuar tramitándose por separado.

Generalmente se acompaña el acta o certificado de matrimonio expedido por el Registro Civil. La documentación concreta debe revisarse antes de presentar el expediente.

No necesariamente. La sentencia termina el vínculo matrimonial, pero la liquidación y distribución de los bienes puede requerir un acuerdo o un trámite posterior.

EN SÍNTESIS

Aspectos centrales del divorcio

01

No es necesario expresar ni demostrar una causa.

02

Puede pedirlo uno solo de los cónyuges.

03

No existe un tiempo mínimo de matrimonio.

04

Toda petición debe incluir una propuesta reguladora.

05

La falta de acuerdo no impide la sentencia.

06

Los efectos pendientes pueden resolverse después.

ASESORAMIENTO PROFESIONAL

¿Necesitás iniciar un divorcio?

Es importante analizar la documentación, preparar la propuesta reguladora y definir las cuestiones familiares y patrimoniales involucradas.

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