Cuidado personal de hijos
Responsabilidades y decisiones relacionadas con la vida cotidiana de los hijos después de la separación.
El cuidado personal reemplaza al antiguo concepto de “tenencia” y puede ser ejercido por ambos progenitores o, de manera excepcional, por uno solo.
¿Qué significa cuidado personal?
Es el conjunto de deberes y facultades de los progenitores relacionados con la vida cotidiana de sus hijos.
El Código Civil y Comercial reemplazó el antiguo término “tenencia” por el de “cuidado personal”. El cambio no es solamente de nombre: refleja una concepción basada en la responsabilidad compartida, la participación activa de ambos progenitores y el interés superior del niño.
Cuando los progenitores conviven, ambos ejercen cotidianamente estas responsabilidades. Si dejan de convivir, el cuidado puede continuar siendo compartido o atribuirse excepcionalmente a uno de ellos, según las características de cada familia.
Responsabilidad parental y cuidado personal
Aunque están relacionados, no significan exactamente lo mismo y pueden organizarse de maneras diferentes.
Derechos y deberes generales
Comprende la protección, formación, representación, educación y desarrollo integral de los hijos mientras sean menores de edad y no estén emancipados.
Puede continuar siendo ejercida por ambos progenitores aunque ya no convivan.Organización de la vida cotidiana
Se refiere a las tareas, decisiones y responsabilidades diarias relacionadas con la convivencia, la educación, la salud y el bienestar de los hijos.
Puede ser compartido por ambos progenitores o asumido por uno de ellos.Modalidades del cuidado personal
Cuando los progenitores no conviven, el cuidado puede ser compartido o atribuirse a uno de ellos, dependiendo de las necesidades del hijo y de la realidad familiar.
Ambos progenitores participan
Los dos mantienen una intervención activa en el cuidado, las decisiones y las tareas cotidianas relacionadas con el hijo.
Períodos en cada hogar
El hijo permanece períodos de tiempo con cada progenitor, de acuerdo con la organización y las posibilidades concretas de la familia.
Un domicilio principal
El hijo reside principalmente con uno de los progenitores, pero ambos comparten las decisiones y se distribuyen equitativamente las tareas de cuidado.
A cargo de un progenitor
Se establece de manera excepcional cuando el cuidado compartido no resulta posible o no responde adecuadamente al interés del hijo.
La ley prioriza el cuidado compartido indistinto
Ante la falta de convivencia, el juez debe considerar en primer término esta modalidad, salvo que no sea posible o resulte perjudicial para el niño, niña o adolescente.
Toda decisión debe proteger al hijo
Los acuerdos parentales y las decisiones judiciales deben respetar los derechos del niño y adaptarse a sus necesidades y etapa de desarrollo.
Interés superior
Debe priorizarse el bienestar integral del niño por sobre cualquier conflicto existente entre los progenitores.
Derecho a ser oído
La opinión del hijo debe ser escuchada y considerada según su edad, madurez y grado de autonomía.
Centro de vida
Debe procurarse la continuidad de su entorno familiar, educativo, social y afectivo.
Comunicación fluida
Debe protegerse el vínculo y el contacto regular del hijo con ambos progenitores.
Corresponsabilidad
La separación no elimina los deberes parentales ni la obligación de colaborar en el cuidado.
Información compartida
Ambos deben conocer las cuestiones importantes sobre educación, salud, bienes y bienestar del hijo.
¿Qué analiza el juez para atribuir el cuidado a uno solo?
Cuando el cuidado compartido no resulte viable o adecuado, puede establecerse un cuidado unipersonal. La decisión debe fundarse en circunstancias concretas.
Facilitación del vínculo
Se prioriza al progenitor que favorece el trato regular del hijo con el otro.
Edad y necesidades
Se consideran la edad, etapa de desarrollo y necesidades particulares del hijo.
Opinión del hijo
Su opinión debe ser escuchada y valorada de acuerdo con su madurez.
Situación existente
Debe procurarse estabilidad y respetarse el centro de vida del niño o adolescente.
La separación no termina con los deberes parentales
Mantener el contacto
El progenitor que no convive principalmente con el hijo tiene el derecho y el deber de mantener una comunicación fluida.
Participar en el cuidado
Aunque el cuidado sea unipersonal, el otro progenitor mantiene el derecho y la obligación de colaborar.
Comunicar asuntos relevantes
Cada progenitor debe informar al otro sobre cuestiones de educación, salud, bienes y bienestar del hijo.
¿Qué puede incluir un plan de parentalidad?
Los progenitores pueden acordar por escrito la forma en que organizarán el cuidado y presentar el plan para su homologación.
Lugar y tiempo que el hijo permanece con cada progenitor.
Responsabilidades y tareas que asume cada uno.
Organización de vacaciones, feriados, cumpleaños y fechas significativas.
Régimen de contacto cuando el hijo se encuentra con el otro progenitor.
El plan puede modificarse
La organización que funciona durante la primera infancia puede necesitar cambios durante la etapa escolar o la adolescencia.
Los progenitores pueden modificar el plan cuando cambian las necesidades familiares. También deben procurar la participación del hijo tanto en su elaboración como en sus modificaciones.
El juez debe establecer el régimen de cuidado
Si los progenitores no presentan un plan o el acuerdo no es homologado, el juez deberá fijar la organización familiar. La modalidad compartida indistinta debe ser priorizada, salvo que existan razones fundadas para elegir otra opción más beneficiosa para el hijo.
La decisión no puede basarse en discriminaciones relacionadas con el sexo, orientación sexual, religión, ideología o cualquier otra condición personal.Guarda otorgada a un pariente
En circunstancias excepcionales, el juez puede confiar temporalmente el cuidado cotidiano del niño, niña o adolescente a un familiar.
Medida excepcional
Solo corresponde cuando existen circunstancias de especial gravedad que justifican apartarse del cuidado directo de los progenitores.
Decisiones cotidianas
El guardador puede tomar decisiones vinculadas con las actividades diarias y el cuidado personal del hijo.
Responsabilidad parental
La titularidad permanece en cabeza de los progenitores, quienes conservan sus derechos y obligaciones.
Revisión de la situación
Al vencer el plazo, el juez debe resolver la situación mediante las figuras legales que resulten adecuadas.
El cuidado personal tiene valor económico
Las tareas diarias realizadas por el progenitor que asume principalmente el cuidado constituyen un aporte a la manutención del hijo y deben considerarse al organizar las obligaciones alimentarias.
Aspectos centrales del cuidado personal
Reemplaza al antiguo concepto de tenencia.
Puede ser compartido o unipersonal.
La primera alternativa es el cuidado compartido indistinto.
El hijo tiene derecho a ser oído.
Ambos progenitores deben colaborar e informarse.
El plan debe adaptarse a cada etapa de crecimiento.
Otras áreas que pueden estar vinculadas
Plan de parentalidad
Organización de tiempos, responsabilidades, vacaciones y comunicación.
Ver información → 02Régimen de comunicación
Protección del vínculo y contacto del hijo con ambos progenitores.
Ver información → 03Divorcios
Proceso de divorcio, convenio regulador y efectos familiares.
Ver información →¿Necesitás organizar el cuidado de tus hijos?
Cada familia requiere una solución que contemple las necesidades de los hijos y las posibilidades reales de ambos progenitores.
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