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DERECHO DE FAMILIA

Compensación económica

Una herramienta destinada a corregir el desequilibrio económico producido por el matrimonio y su ruptura.

Cuando el divorcio genera un empeoramiento manifiesto en la situación de uno de los cónyuges, puede corresponder el reconocimiento de una compensación económica.

UNA FIGURA DEL CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL

¿Qué es la compensación económica?

No se trata de dividir bienes ni de sancionar a uno de los cónyuges por la ruptura.

La compensación económica busca atender el desequilibrio manifiesto que el divorcio produce en la situación de uno de los cónyuges, cuando ese empeoramiento tiene relación con el matrimonio y con la forma en que se organizó la vida familiar.

Para determinar si corresponde, debe compararse la situación económica, patrimonial, personal y laboral de ambos cónyuges antes del matrimonio, durante la convivencia y después de la separación.

Antes
Después
PUNTO DE PARTIDA

La comparación debe revelar un desequilibrio manifiesto

No toda diferencia económica entre excónyuges genera automáticamente una compensación. Debe existir un empeoramiento relevante y relacionado adecuadamente con el matrimonio y su ruptura.

La finalidad es compensar un desequilibrio. No igualar por completo los patrimonios ni garantizar el mismo nivel económico indefinidamente.
ELEMENTOS PRINCIPALES

¿Qué debe existir para solicitarla?

La procedencia se analiza de acuerdo con las circunstancias particulares de cada matrimonio y de cada ruptura.

01

Desequilibrio manifiesto

Debe existir una diferencia relevante entre la situación económica de uno y otro cónyuge.

02

Empeoramiento de la situación

El divorcio debe producir un deterioro concreto en la posición económica de quien solicita la compensación.

03

Relación con el matrimonio

El desequilibrio debe estar vinculado con la organización familiar, las decisiones adoptadas durante la convivencia y la posterior ruptura.

FIJACIÓN JUDICIAL

¿Qué circunstancias puede evaluar el juez?

Ante la falta de acuerdo, la procedencia y el monto se determinan considerando diferentes aspectos de la vida matrimonial y de la situación posterior al divorcio.

01

Situación patrimonial

El patrimonio de cada cónyuge al comienzo y a la finalización de la vida matrimonial.

02

Dedicación a la familia

La contribución de cada cónyuge al hogar y a la crianza y educación de los hijos.

03

Edad y estado de salud

La edad, la salud de los cónyuges y las necesidades de los hijos.

04

Capacitación laboral

La formación, experiencia y posibilidad de acceder a un empleo de quien solicita la compensación.

05

Colaboración profesional

La colaboración brindada en actividades comerciales, industriales o profesionales del otro cónyuge.

06

Uso de la vivienda familiar

A quién se atribuyó la vivienda, su titularidad y quién debe afrontar el alquiler cuando corresponda.

UNA SITUACIÓN FRECUENTE

La dedicación al hogar puede afectar el desarrollo económico y profesional

Durante el matrimonio, uno de los cónyuges puede haber reducido su actividad laboral, abandonado oportunidades profesionales o postergado su formación para dedicarse al hogar o al cuidado de los hijos.

El análisis debe considerar las consecuencias reales de esa organización familiar después del divorcio.
MODALIDADES

¿Cómo puede cumplirse la compensación?

Las partes pueden acordar la modalidad. Si no existe acuerdo, puede determinarla el juez.

OPCIÓN 01

Prestación única

Puede establecerse el pago de una suma determinada por única vez.

OPCIÓN 02

Renta por un plazo

Puede consistir en pagos periódicos durante un período expresamente determinado.

OPCIÓN EXCEPCIONAL

Renta sin plazo determinado

En situaciones excepcionales, puede fijarse una renta por tiempo indeterminado.

FORMAS DE CUMPLIMIENTO

No necesariamente debe pagarse solo con dinero

01 Dinero
02 Usufructo de bienes
03 Bienes determinados
04 Otra modalidad acordada
6 MESES
PLAZO DE CADUCIDAD

El reclamo debe presentarse antes de que venza el plazo

La acción para solicitar la compensación económica caduca a los seis meses de haberse dictado la sentencia de divorcio. Una vez transcurrido ese período, se pierde la posibilidad de iniciar el reclamo.

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PROCEDIMIENTO

¿Cómo se plantea la compensación?

Puede ser acordada entre las partes o determinada judicialmente ante la falta de acuerdo.

01

Análisis de la situación

Se evalúan los antecedentes del matrimonio, la organización familiar y la situación económica posterior.

02

Recolección de pruebas

Se reúne documentación patrimonial, laboral, bancaria y toda prueba que permita demostrar el desequilibrio.

03

Acuerdo o reclamo judicial

Puede incorporarse al convenio regulador o solicitarse judicialmente dentro del plazo correspondiente.

CONCEPTOS DIFERENTES

Compensación económica y alimentos no son lo mismo

Aunque en determinados casos puedan coexistir, responden a fundamentos y finalidades diferentes.

COMPENSACIÓN

Atiende un desequilibrio

Busca compensar el empeoramiento económico causado por el matrimonio y su ruptura.

ALIMENTOS

Atienden necesidades

Se relacionan con la cobertura de necesidades y se rigen por requisitos distintos.

EN SÍNTESIS

Aspectos centrales de la compensación económica

01

Debe existir un desequilibrio manifiesto.

02

El desequilibrio debe significar un empeoramiento.

03

Debe estar relacionado con el matrimonio y su ruptura.

04

Puede acordarse entre los excónyuges.

05

Puede pagarse de distintas maneras.

06

El reclamo caduca a los seis meses del divorcio.

ASESORAMIENTO PROFESIONAL

¿Considerás que el divorcio produjo un desequilibrio económico?

Es importante analizar el caso y controlar el plazo disponible antes de iniciar el reclamo.

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